domingo, enero 15, 2006
Preguntas discusión caso Rosa Lydia vs. DE
Lea el caso de Rosa Lydia Vélez vs el DE. Lo puede acceder oprimiendo aquí. También lo puedes conseguir en el portal del Departamento de Educación oprimiendo aquí. Conteste las siguientes preguntas. El trabajo DEBE entregarse hecho en computadora el martes, 24 de enero a la hora de la clase. NO SE ACEPTARAN TRABAJOS FUERA DE LA FECHA Y HORA INDICADA, SIN EXCEPCIONES.
1. Describa en que consiste la demanda presentada por Rosa Lydia Vélez? ¿Qué solicitaba la demandante?
2. Provea un resumen del desarrollo del caso desde el momento en que se presentó la demanda hasta que el Tribunal dictó sentencia en el caso.
3. Identifique las violaciones de ley alegadas por los demandantes.
4. Describa las estipulaciones de la sentencia en la siguientes áreas:
a. Alcance de los servicios
b. Plazos para la prestación de servicios
c. Divulgación de servicios
5. Describa el proceso de evaluación y ubicación de los estudiantes en el Programa de Educación Especial de acuerdo a las estipulaciones de la sentencia.
6. Presenta tu impresión y reacción al caso.
1. Describa en que consiste la demanda presentada por Rosa Lydia Vélez? ¿Qué solicitaba la demandante?
2. Provea un resumen del desarrollo del caso desde el momento en que se presentó la demanda hasta que el Tribunal dictó sentencia en el caso.
3. Identifique las violaciones de ley alegadas por los demandantes.
4. Describa las estipulaciones de la sentencia en la siguientes áreas:
a. Alcance de los servicios
b. Plazos para la prestación de servicios
c. Divulgación de servicios
5. Describa el proceso de evaluación y ubicación de los estudiantes en el Programa de Educación Especial de acuerdo a las estipulaciones de la sentencia.
6. Presenta tu impresión y reacción al caso.
Comments:
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Denise Barreto, sec 036
Profesora no puedo accesar el caso. Cuando abre la pagina sale distorcionada. Tratare de utilizar utras alternativas.
Profesora no puedo accesar el caso. Cuando abre la pagina sale distorcionada. Tratare de utilizar utras alternativas.
Yadira Altiery
Este caso de Rosa Lydia se ve con casi todo. Ya hay unas reglas o leyes establecidas pero no se llevan a cabo como se debe. Gracias a la accion de padres que se preocuparon por la educacion y el futuro de sus hijos con incapacidades, ellos tomaron accion y lograron un mejor sistema de educacion especial para sus hijos y los futuros niños que entrarian al sistema escolar que necesitacen el servicio de Educacion Especial. No todo el mundo tiene la iniciativa de ayudar a sus hijos como estos padres lo hicieron. Todavia hay sitios que no cumplen con sus responsabilidades pero esto se puede arreglar con mas maestros responsables y dedicados y con padres que se preocupen y tomen accion por el binestar de sus hijos y sus futuros.
Este caso de Rosa Lydia se ve con casi todo. Ya hay unas reglas o leyes establecidas pero no se llevan a cabo como se debe. Gracias a la accion de padres que se preocuparon por la educacion y el futuro de sus hijos con incapacidades, ellos tomaron accion y lograron un mejor sistema de educacion especial para sus hijos y los futuros niños que entrarian al sistema escolar que necesitacen el servicio de Educacion Especial. No todo el mundo tiene la iniciativa de ayudar a sus hijos como estos padres lo hicieron. Todavia hay sitios que no cumplen con sus responsabilidades pero esto se puede arreglar con mas maestros responsables y dedicados y con padres que se preocupen y tomen accion por el binestar de sus hijos y sus futuros.
La demanda presentada por Rosa Lydia consistió en identificar una serie de situaciones en las que el Departamento de Educación no cumplía con la ley. Es por eso que se logró establecer ciertos fallos del sistema de educación en no identificar y ubicar correctamente a los niños(as) con discapacidades que requerían ser parte de un programa de educación especial. Se demandó al Departamento de Educación por no atender las evaluaciones de los niños dentro de un periodo de tiempo razonable, ni de presentar dichas evaluaciones a los padres de los niños(as). El caso resultó exitoso a favor de los niños con discapacidades, ya que se contó con el apoyo de Servicios Legales y posteriormente con el Colegio de Abogados de Puerto Rico para defender a las partes afectadas. Y lograr que el Departamento de Educación cumpliera con lo estipulado por ley. Por tal razón se lograron establecer mecanismos como por ejemplo el periodo de tiempo razonable para que se llevaran a cabo los procesos de ubicación y registro de los niños con discapacidades en un programa de educación especial. Así como mecanismos de divulgación y orientación de los derechos que tienen los niños con discapacidades,servicios de transportación, becas, asistencia tecnólogica, y el hecho de que en ninguna escuela existan barreras arquitectónicas que priven a estos niños de poder recibir los servicios de educación. Esta situación demuestra una vez más que el Departamento de Educación esta siendo ineficiente y falible y gracias a que unas personas se atrevieron a denunciar las fallas del sistema,ahora los niños con discapacidades pueden recibir una educación especial mucho mejor de la que antes se ofrecía. Porque las cosas lograron mejorar un poco pero aún es evidente que muchas personas no se ponen a trabajar para que estos niños reciban el servicio que se merecen.
Francheska Santiago 11/06/06
Con el caso de Rosa Lydia, se hicieron claras las leyes a seguir con los ninos excepcionales, en este caso con alguna discapacidad. Lo que seria maravilloso de esto es que todas y cada una de ellas se siguieran al piel de la letra. No voy a negar que para como estaba la EDUC ESP. En epocas pasadas a mejorado drasticamente, pero de igual forma el progreso se ha detenido. La responsabilidad no cae solamente en los padres y el gobierno, considero q tanto maestros como la comunidad en general, deben de ser los que actuen para que cada una de esas leyes se cumplan en su totalidad. Esa podria ser la forma para hacer que otros internalicen y adquieran conciencia de lo que es realmente la EDUC ESP. Y entonces, si seran muchos los ninos excepcionales que se beneficien de lo que el sistema de educacion les puede proveer a ellos. Son ideas, leyes, propuestas, etc excelentes tiene una buena inicitivia, pero de que sirve tenerlas sino hay quienes verdaderamente las trabajen.
Con el caso de Rosa Lydia, se hicieron claras las leyes a seguir con los ninos excepcionales, en este caso con alguna discapacidad. Lo que seria maravilloso de esto es que todas y cada una de ellas se siguieran al piel de la letra. No voy a negar que para como estaba la EDUC ESP. En epocas pasadas a mejorado drasticamente, pero de igual forma el progreso se ha detenido. La responsabilidad no cae solamente en los padres y el gobierno, considero q tanto maestros como la comunidad en general, deben de ser los que actuen para que cada una de esas leyes se cumplan en su totalidad. Esa podria ser la forma para hacer que otros internalicen y adquieran conciencia de lo que es realmente la EDUC ESP. Y entonces, si seran muchos los ninos excepcionales que se beneficien de lo que el sistema de educacion les puede proveer a ellos. Son ideas, leyes, propuestas, etc excelentes tiene una buena inicitivia, pero de que sirve tenerlas sino hay quienes verdaderamente las trabajen.
Lizza Nazario:
Al leer el caso de Rosa Lydia Vega vs el Departamento de Educación, gracias a estos padres(como dijeron varios compañeros) lucharon por varios años y se logró establecer bajo el visto del tribunal leyes que protegían a los niños de educación especial. Así también surgió la creación de nuevos programas para implantarse tanto en el sistema público y privado. Pero lamentablemente no veo que se esté dando el seguimiento como es debido. Creo que de lo que se dictaminó en la sentencia, la mayor parte no la ponen en función. Entonces los padres que tienen hijos que necesitan que los ubiquen en el programa de educación especial no se le provee como es debido. Esto es debido a ciertos factores como el problema que hay siempre en el sistema de gobierno, pocos maestros preparados entre otros. Por consiguente tenemos que seguir abogando por esos derechos, porque ahora no soy madre pero en un futuro lo seré y no me gustaría que estuviesen jugando con el futuro de mi hijo. Vi como mi hermana luchó para conseguir el acomodo que su hijo necesitaba y no fue fácil.
Al leer el caso de Rosa Lydia Vega vs el Departamento de Educación, gracias a estos padres(como dijeron varios compañeros) lucharon por varios años y se logró establecer bajo el visto del tribunal leyes que protegían a los niños de educación especial. Así también surgió la creación de nuevos programas para implantarse tanto en el sistema público y privado. Pero lamentablemente no veo que se esté dando el seguimiento como es debido. Creo que de lo que se dictaminó en la sentencia, la mayor parte no la ponen en función. Entonces los padres que tienen hijos que necesitan que los ubiquen en el programa de educación especial no se le provee como es debido. Esto es debido a ciertos factores como el problema que hay siempre en el sistema de gobierno, pocos maestros preparados entre otros. Por consiguente tenemos que seguir abogando por esos derechos, porque ahora no soy madre pero en un futuro lo seré y no me gustaría que estuviesen jugando con el futuro de mi hijo. Vi como mi hermana luchó para conseguir el acomodo que su hijo necesitaba y no fue fácil.
Yesenia Echevarría:
El caso de Rosa Lydia Vélez y otros apelantes vs Awilda Aponte Roque y otros (apelados), se ventila por primera vez en el Tribunal de Primera Instancia el 14 de de noviembre de 1980, debido al sentir de la parte demandante de que se estaba violando los derechos a los niños incapacitados menores de 21 años cobijados bajo la Ley del Programa de Educación Especial y la Ley de Educación para niños/as Incapacitados. La sentencia presentada por el Tribunal de Primera Instancia consistía básicamente en hacer valer los derechos que esas personas menores de 21 años poseían y estaban estipuladas por Ley, a la vez de preparar entre ambas partes junto al Comisionado, el contenido de un Manual Operacional para el Procedimiento de Querellas y el Remedio Provisional. De igual forma se reevaluaron todos los casos en los cuales se habían rechazado al solicitante el derecho a participar y formar parte de el Programa de Educación Espacial y sus beneficios.
En otra fuente conseguí que el 21 de octubre de 2005 se realizó otra nueva apelación. Primeramente resume las apelaciones y sentencias desde el comienzo del caso y luego continúa con la última apelación y sentencia la cual se basaba en lo siguiente, y cito: “Solicitaron la suma de $5,000 para cada uno de los demandantes-apelantes por los daños ocasionados por sus actuaciones ilegales”, pero la misma fue denegada nuevamente.
Por años el Departamento de Educación es una de las áreas a las cuales se les ha asignado una mayor cantidad de dinero y entiendo que desde el momento en que se decidió asignar esa cantidad de dinero se debió fiscalizar mejor, tanto el uso como los resultados obtenidos. Entiendo que el derecho a la educación es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, y ciertamente, no existe justificación alguna para que algún estudiante con impedimento sea discriminado y se prive de su derecho a la educación. La acción y decisión tomado por el Tribunal de Primera Instancia entiendo que fue asertiva porque intentó cubrir todas las áreas y necesidades estableciendo un tiempo límite, sin embargo opino que el tiempo en cuestión fue de muchos días (30,60,90 días), lo cual al único que afecta es al niño. Tal vez sea errónea, pero opino que en cierta forma se exceden en beneficios o responsabilidades, disminuyendo la participación de en quien debe recaer una mayor responsabilidad, los padres. Al prestar tantos servicios los padres pueden echarse a un lado y asumir que todo es responsabilidad de la escuela. En cuanto al factor de denegar el estipendio de 5,000 por niño, entiendo que está bien porque ese dinero puede ser utilizado por el mismo Departamento para cubrir otras áreas.
El caso de Rosa Lydia Vélez y otros apelantes vs Awilda Aponte Roque y otros (apelados), se ventila por primera vez en el Tribunal de Primera Instancia el 14 de de noviembre de 1980, debido al sentir de la parte demandante de que se estaba violando los derechos a los niños incapacitados menores de 21 años cobijados bajo la Ley del Programa de Educación Especial y la Ley de Educación para niños/as Incapacitados. La sentencia presentada por el Tribunal de Primera Instancia consistía básicamente en hacer valer los derechos que esas personas menores de 21 años poseían y estaban estipuladas por Ley, a la vez de preparar entre ambas partes junto al Comisionado, el contenido de un Manual Operacional para el Procedimiento de Querellas y el Remedio Provisional. De igual forma se reevaluaron todos los casos en los cuales se habían rechazado al solicitante el derecho a participar y formar parte de el Programa de Educación Espacial y sus beneficios.
En otra fuente conseguí que el 21 de octubre de 2005 se realizó otra nueva apelación. Primeramente resume las apelaciones y sentencias desde el comienzo del caso y luego continúa con la última apelación y sentencia la cual se basaba en lo siguiente, y cito: “Solicitaron la suma de $5,000 para cada uno de los demandantes-apelantes por los daños ocasionados por sus actuaciones ilegales”, pero la misma fue denegada nuevamente.
Por años el Departamento de Educación es una de las áreas a las cuales se les ha asignado una mayor cantidad de dinero y entiendo que desde el momento en que se decidió asignar esa cantidad de dinero se debió fiscalizar mejor, tanto el uso como los resultados obtenidos. Entiendo que el derecho a la educación es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, y ciertamente, no existe justificación alguna para que algún estudiante con impedimento sea discriminado y se prive de su derecho a la educación. La acción y decisión tomado por el Tribunal de Primera Instancia entiendo que fue asertiva porque intentó cubrir todas las áreas y necesidades estableciendo un tiempo límite, sin embargo opino que el tiempo en cuestión fue de muchos días (30,60,90 días), lo cual al único que afecta es al niño. Tal vez sea errónea, pero opino que en cierta forma se exceden en beneficios o responsabilidades, disminuyendo la participación de en quien debe recaer una mayor responsabilidad, los padres. Al prestar tantos servicios los padres pueden echarse a un lado y asumir que todo es responsabilidad de la escuela. En cuanto al factor de denegar el estipendio de 5,000 por niño, entiendo que está bien porque ese dinero puede ser utilizado por el mismo Departamento para cubrir otras áreas.
Mariano Arguelles Ramos
La demanda de Rosa Lydia en contra del Departamento de Educación se dio a raíz de que el Departamento no estaba cumpliendo con unas leyes que están a favor de los niñ@s que participan en el programa de Educación Especial. Ante esta demanda el Tribunal le exigió al D.E. que tomara medidas en la áreas de fallo y así corregir los errores que estaban cometiendo. Gracias a esto se establecieron unas obligaciones para evitar la terrible inacción de dicho departamento en el área de la Educación Especial. Entre estas obligaciones estaban los limites de tiempo que tenia el departamento para tomar acción y así evitar las inexplicables cantidades de tiempo que se tomaban para hacer su trabajo, ofrecer orientación a los padres niñ@s especiales y maestros, reevaluar los casos de los niñ@s que no fueron elegidos para el programa, entre otras acciones. No hay duda de que en Puerto Rico hay un alarmante índice de vagancia en el ámbito gubernamental y es por eso que como pueblo siempre esta to’ el mundo dando macacoa encima de las agencias de gobierno. Si no fuera por padres como los de esos nini@s, aun estarían muchos estudiantes de educación especial fuera de esos programas. Aun asi hay que reconocer que en Puerto Rico la educación especial no se trata de la manera seria en que se debería tratar. Un reflejo de lo que mencione anteriormente se ve a nivel de la escuela misma, donde muchos maestros no proveen la educación correcta a los estudiantes de educación especial. Esto se puede deber a la falta de comunicación del maestro de educación especial y el maestro regular, o el simple hecho de que el maestro de educación especial no sabe que @$!! hace. Si tanto a nivel escolar como departamental hubiese un sentido de urgencia y responsabilidad y una buena comunicación se podrían evitar el doble trabajo que hacen usualmente.
La demanda de Rosa Lydia en contra del Departamento de Educación se dio a raíz de que el Departamento no estaba cumpliendo con unas leyes que están a favor de los niñ@s que participan en el programa de Educación Especial. Ante esta demanda el Tribunal le exigió al D.E. que tomara medidas en la áreas de fallo y así corregir los errores que estaban cometiendo. Gracias a esto se establecieron unas obligaciones para evitar la terrible inacción de dicho departamento en el área de la Educación Especial. Entre estas obligaciones estaban los limites de tiempo que tenia el departamento para tomar acción y así evitar las inexplicables cantidades de tiempo que se tomaban para hacer su trabajo, ofrecer orientación a los padres niñ@s especiales y maestros, reevaluar los casos de los niñ@s que no fueron elegidos para el programa, entre otras acciones. No hay duda de que en Puerto Rico hay un alarmante índice de vagancia en el ámbito gubernamental y es por eso que como pueblo siempre esta to’ el mundo dando macacoa encima de las agencias de gobierno. Si no fuera por padres como los de esos nini@s, aun estarían muchos estudiantes de educación especial fuera de esos programas. Aun asi hay que reconocer que en Puerto Rico la educación especial no se trata de la manera seria en que se debería tratar. Un reflejo de lo que mencione anteriormente se ve a nivel de la escuela misma, donde muchos maestros no proveen la educación correcta a los estudiantes de educación especial. Esto se puede deber a la falta de comunicación del maestro de educación especial y el maestro regular, o el simple hecho de que el maestro de educación especial no sabe que @$!! hace. Si tanto a nivel escolar como departamental hubiese un sentido de urgencia y responsabilidad y una buena comunicación se podrían evitar el doble trabajo que hacen usualmente.
Leslie Mendoza Chaparro
El caso de Rosa Lydia vs el departamento de educación marco en los años 1980s el futuro de la educación especial para nuestros niños. En este caso los demandantes le exigían al departamento que le proveyeran los servicios adecuados y necesarios para una educaron eficiente ya que no los estaban recibiendo. Después de un largo periodo de lucha en los tribunales los demandantes lograron su cometido. El tribunal impuso la siguiente sentencia: por obligación hay que hacerle un PEI a cada niño de educación especial, hay que evaluar al niñ@ en 30 días laborables a partir del registro, si es elegible hay que hacer un reunión para hacer el PEI estos es en 60 días, tiene 90 días para finalizar la evaluación y hacer el PEI. El departamento tenia que ofrecerle los servicios después de que era declarado elegible, debía proveerle transportación, sillas de ruedas, etc de ser necesario.
Con este caso todos los niñ@s de educación especial se beneficiaron. De no recibir los servicios adecuados los padres de los niñ@s debían notificarlo. Lamentablemente aunque hayan estas estipulaciones el DE actualmente no esta cumpliendo con sus obligaciones. Son pocas las escuelas que tienen los recursos necesarios para ofrecer una educación de excelencia a los niñ@s de educaron especial. Pienso que el departamento debe revisar su programa y tomar las medidas necearías.
El caso de Rosa Lydia vs el departamento de educación marco en los años 1980s el futuro de la educación especial para nuestros niños. En este caso los demandantes le exigían al departamento que le proveyeran los servicios adecuados y necesarios para una educaron eficiente ya que no los estaban recibiendo. Después de un largo periodo de lucha en los tribunales los demandantes lograron su cometido. El tribunal impuso la siguiente sentencia: por obligación hay que hacerle un PEI a cada niño de educación especial, hay que evaluar al niñ@ en 30 días laborables a partir del registro, si es elegible hay que hacer un reunión para hacer el PEI estos es en 60 días, tiene 90 días para finalizar la evaluación y hacer el PEI. El departamento tenia que ofrecerle los servicios después de que era declarado elegible, debía proveerle transportación, sillas de ruedas, etc de ser necesario.
Con este caso todos los niñ@s de educación especial se beneficiaron. De no recibir los servicios adecuados los padres de los niñ@s debían notificarlo. Lamentablemente aunque hayan estas estipulaciones el DE actualmente no esta cumpliendo con sus obligaciones. Son pocas las escuelas que tienen los recursos necesarios para ofrecer una educación de excelencia a los niñ@s de educaron especial. Pienso que el departamento debe revisar su programa y tomar las medidas necearías.
Este caso sentó un precedente en la educación especial de Puerto Rico; este consistía en el reclamo de un grupo de padres que entendían y demostraron a la corte que sus hijos no estaban recibiendo los servicios que por ley tenían derecho. También demostró que el Departamento de Educación no poseía un procedimiento efectivo de evaluación y ubicación del estudiante con necesidades especiales; tampoco cumplía con los requisitos mínimos de satisfacción estipulados por ley. La ignorancia de muchos de los participantes sobre los servicios fue evidente.
Fue un camino demasiado largo pero de grandes logros donde se estipularon limites para la evaluación del niñ@ con necesidades especiales; orientación colectiva de los servicios (sistema de comunicación), orientación y participación de los padres en los procesos, sistema de monitoreo de satisfacción de los servicios, que se le provea y mantenga los servicios con recursos fiscales; etc. . Con esta ley se trata de asegurar que las necesidades de cualquier niñ@ sean atendidas rápida y efectivamente.
Entiendo que la educación especial en Puerto Rico le falta un largo camino por recorrer esto fue solo el inicio. Todo en papel se ve lindo, perfecto y conveniente pero cuando lo llevamos a la realidad del día a día cuesta de la voluntad y compromiso de muchos y el conocimiento de otros.
Fue un camino demasiado largo pero de grandes logros donde se estipularon limites para la evaluación del niñ@ con necesidades especiales; orientación colectiva de los servicios (sistema de comunicación), orientación y participación de los padres en los procesos, sistema de monitoreo de satisfacción de los servicios, que se le provea y mantenga los servicios con recursos fiscales; etc. . Con esta ley se trata de asegurar que las necesidades de cualquier niñ@ sean atendidas rápida y efectivamente.
Entiendo que la educación especial en Puerto Rico le falta un largo camino por recorrer esto fue solo el inicio. Todo en papel se ve lindo, perfecto y conveniente pero cuando lo llevamos a la realidad del día a día cuesta de la voluntad y compromiso de muchos y el conocimiento de otros.
Cinthia González Ríos 802-03-3005 12 de junio de 2006
Caso de Rosa Lydia vs. Departamento de Educación
Mi opinión de la demanda de Rosa Lydia Vélez es que fue muy justa ya que instituciones públicas no estaban ofreciendo los servicios educativos a los niños, niñas y jóvenes con inhabilidades.
La demanda fue el 14 de noviembre de 1980 por “injunction”, contra la secretaria del Departamento de Instrucción Pública. Esta consistía que se le dieran los servicios de educación especial a los niños/as de Puerto Rico, con inhabilidades que la ley num. 21 del 22 de julio de 1977 no le estaba ofreciendo. Por consiguiente los demandantes identificaron varias violaciones a la ley y algunas de estas fueron que el Departamento no estaba identificando y localizando a los niños/as con inhabilidades. También no se estaban haciendo las evaluaciones con los padres y madres y los niños/as con inhabilidades no eran ubicados dentro de un plazo razonable, etc.
Las estipulaciones de la sentencia fueron: a) alcance de los servicios, este consistía en evaluar a los niños/as con inhabilidades y en adelante fueran registrados en el programa de educación especial y además ubicar los mismos en un periodo de 60 días a partir de la fecha indicada. b) plazos para la presentación de servicios que los niños/as fueran evaluados en un plazo de 60 días y comenzaran a recibir los servicios educativos y relacionados en un plazo de 90 días. c) divulgación de servicios un programa para orientar a los padres y madres de los niños/as con inhabilidades.
Por ende es importante que se cumplan los servicios de educación especial para así promover la máxima participación del estudiante a su nivel de ejecución. En fin la demanda fue favorecida por Rosa Lydia; me parece que fue correcta ya que todo estudiante con algún tipo de incapacidad tiene el derecho de lograr desarrollarse ampliamente sus objetivos y metas en un espacio favorable, al igual que se deben hacer modificaciones y adaptaciones al equipo, al área de clase o trabajo, etc.
Caso de Rosa Lydia vs. Departamento de Educación
Mi opinión de la demanda de Rosa Lydia Vélez es que fue muy justa ya que instituciones públicas no estaban ofreciendo los servicios educativos a los niños, niñas y jóvenes con inhabilidades.
La demanda fue el 14 de noviembre de 1980 por “injunction”, contra la secretaria del Departamento de Instrucción Pública. Esta consistía que se le dieran los servicios de educación especial a los niños/as de Puerto Rico, con inhabilidades que la ley num. 21 del 22 de julio de 1977 no le estaba ofreciendo. Por consiguiente los demandantes identificaron varias violaciones a la ley y algunas de estas fueron que el Departamento no estaba identificando y localizando a los niños/as con inhabilidades. También no se estaban haciendo las evaluaciones con los padres y madres y los niños/as con inhabilidades no eran ubicados dentro de un plazo razonable, etc.
Las estipulaciones de la sentencia fueron: a) alcance de los servicios, este consistía en evaluar a los niños/as con inhabilidades y en adelante fueran registrados en el programa de educación especial y además ubicar los mismos en un periodo de 60 días a partir de la fecha indicada. b) plazos para la presentación de servicios que los niños/as fueran evaluados en un plazo de 60 días y comenzaran a recibir los servicios educativos y relacionados en un plazo de 90 días. c) divulgación de servicios un programa para orientar a los padres y madres de los niños/as con inhabilidades.
Por ende es importante que se cumplan los servicios de educación especial para así promover la máxima participación del estudiante a su nivel de ejecución. En fin la demanda fue favorecida por Rosa Lydia; me parece que fue correcta ya que todo estudiante con algún tipo de incapacidad tiene el derecho de lograr desarrollarse ampliamente sus objetivos y metas en un espacio favorable, al igual que se deben hacer modificaciones y adaptaciones al equipo, al área de clase o trabajo, etc.
Es increíble que los derechos del ciudadano no sean honrados y garantizados y que éste tenga que recurrir a demandas y exigencias extremas. Por dar un ejemplo, podemos hablar del caso de Rosa Lydia Vélez y otros demandantes, que en el año 1980 se dieron a la ardua tarea de exigir que el Departamento de Instrucción Pública cumplimentara con las estipulaciones de las leyes: Ley de Educación para Niños Incapacitados y la Ley #21.
Los demandantes exigían que se identificaran debidamente a los niños discapacitados que necesitaban los servicios, que se cumpliera con un tiempo límite para ofrecer los servicios, que los PEI se prepararan de acuerdo a las leyes y que los niños no fueran discriminados por sus discapacidades.
El Tribunal determinó unos periodos límites para realizar las evaluaciones y para proveer los servicios a los niños y orientar a través de los medios de comunicación a los padres, los niños y los maestros respecto a las leyes.
Al observar este caso, podemos identificar al Departamento de Instrucción Pública (1980) como un trasgresor del primer precepto de nuestra Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico que dice: “La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana”. En este caso, se identificó el discrimen y la violación de la dignidad de los niños discapacitados y sus padres.
Es inaudito, que los derechos de los niños con discapacidades físicas, ya habiendo sido adquiridos, se hayan mantenido “casi ocultos” para que no pudiesen disfrutar de sus beneficios. Muchas veces, los gobiernos (y me refiero tanto al de aquí como a los de otros países) deciden no promover el conocimiento de las leyes que proveen beneficios al pueblo para evitar los gastos que implican al cumplirlas.
Agraciadamente, se hizo justicia y este caso sentó unas bases más sólidas para honrar los derechos de los niños con discapacidades físicas. .
Los demandantes exigían que se identificaran debidamente a los niños discapacitados que necesitaban los servicios, que se cumpliera con un tiempo límite para ofrecer los servicios, que los PEI se prepararan de acuerdo a las leyes y que los niños no fueran discriminados por sus discapacidades.
El Tribunal determinó unos periodos límites para realizar las evaluaciones y para proveer los servicios a los niños y orientar a través de los medios de comunicación a los padres, los niños y los maestros respecto a las leyes.
Al observar este caso, podemos identificar al Departamento de Instrucción Pública (1980) como un trasgresor del primer precepto de nuestra Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico que dice: “La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana”. En este caso, se identificó el discrimen y la violación de la dignidad de los niños discapacitados y sus padres.
Es inaudito, que los derechos de los niños con discapacidades físicas, ya habiendo sido adquiridos, se hayan mantenido “casi ocultos” para que no pudiesen disfrutar de sus beneficios. Muchas veces, los gobiernos (y me refiero tanto al de aquí como a los de otros países) deciden no promover el conocimiento de las leyes que proveen beneficios al pueblo para evitar los gastos que implican al cumplirlas.
Agraciadamente, se hizo justicia y este caso sentó unas bases más sólidas para honrar los derechos de los niños con discapacidades físicas. .
Yarely Martes Ortega 802-03-4065 12/ junio/06
Caso de Rosa Lydia vs. DE
Estoy de acuerdo con la demanda que presenta Rosa Lydia Vélez. Debido a que los niños no le están proveyendo los servicios requeridos. Ya que la ley lo requiere. Todo ser humano merece recibir una buena educación sin importar su discapacidad. Personas como Rosa se necesitan porque ella quiere ayudar en el bien de las otras personas.
Con esta demanda lo que se quiere es que se ponga en ley lo que ya esta establecido. Queremos que tengan una buena educación sin ser excluido de los demás estudiantes. Los padres son responsables de que se le brinden una buena educación a sus hijos. Además los padres están apoyando a Rosa para que se cumpla con la ley, para que sus hijos reciban la educación que se merecen y necesitan.
Caso de Rosa Lydia vs. DE
Estoy de acuerdo con la demanda que presenta Rosa Lydia Vélez. Debido a que los niños no le están proveyendo los servicios requeridos. Ya que la ley lo requiere. Todo ser humano merece recibir una buena educación sin importar su discapacidad. Personas como Rosa se necesitan porque ella quiere ayudar en el bien de las otras personas.
Con esta demanda lo que se quiere es que se ponga en ley lo que ya esta establecido. Queremos que tengan una buena educación sin ser excluido de los demás estudiantes. Los padres son responsables de que se le brinden una buena educación a sus hijos. Además los padres están apoyando a Rosa para que se cumpla con la ley, para que sus hijos reciban la educación que se merecen y necesitan.
Brenda Lee Del Río Lugo, sección verano 2006
El periódico Claridad publicó un reportaje el día jueves 7 de junio de 2006 en donde se realiza una entrevista a Rosa Lydia Velez. Hace 25 años esta mujer comenzó un litigio legal contra el departamento de educación por la negligencia de este último para atender las necesidades educativas de niños con discapacidades. Su hija Isamar Malaret cuenta hoy día con 32 años y su condición de retardación mental hizo que su madre tomara la desición de demandar a un sistema que recibía fondos para la educación de niños con discapacidades como las suyas, mas no los utilizaban de modo correcto.El caso sirvio para sentar un precedente a otros casos similares. Aunque el proposito de rosa lydia se logro, esta se vio en la necesidad de dejar su trabajo para dedicar el tiempo a su hija y a otras personas con las mismas necesidades. Aún cuando el Departamento de Educación ha cambiado positivamente respecto a los servicios para estos jovenes considero que se podría realizar una mejor labor. hace algunos años, mi hermano ingresó a la escuela en un salón regular con servicios de un salon recurso a la edad de 10 años. La única razón para admitirlo en la escuela (luego de 4 años de litigio)fue que yo ingresaría a la escuela y podría servir para él como título I. Luego de varios años fue que se le asignó una trabajadora I, pagada por el Departamento de Educación. Cabe resaltar que un principio se le quizo ver como un niño no capacitado para recibir educación formal. En la actualidad comenzará sus estudios universitarios tras cinco años de haber culminado su escuela superior bajo el programa de educación regular. Lo mismo ocurrió porque Rehabilitacón Vocacional no había querido asignarle fondos para su educación universitaria porque los médicos nunca hicieron un diagnóstico espesífico de su condición. La visibilidad de sus discapacidades fLsicas y la prueba contundente de los tratamientos a los que fuera sometido desde temprana edad no fueron suficientes para considerar necesaria la otorgación de dicha ayuda antes de enero de 2006. Lo mismo es sólo un ejemplo de que el logro del caso de Rosa Lydia aún no tiene los efectos en la población con discapacidades que son necesarios para una mejor calidad de vida.
El periódico Claridad publicó un reportaje el día jueves 7 de junio de 2006 en donde se realiza una entrevista a Rosa Lydia Velez. Hace 25 años esta mujer comenzó un litigio legal contra el departamento de educación por la negligencia de este último para atender las necesidades educativas de niños con discapacidades. Su hija Isamar Malaret cuenta hoy día con 32 años y su condición de retardación mental hizo que su madre tomara la desición de demandar a un sistema que recibía fondos para la educación de niños con discapacidades como las suyas, mas no los utilizaban de modo correcto.El caso sirvio para sentar un precedente a otros casos similares. Aunque el proposito de rosa lydia se logro, esta se vio en la necesidad de dejar su trabajo para dedicar el tiempo a su hija y a otras personas con las mismas necesidades. Aún cuando el Departamento de Educación ha cambiado positivamente respecto a los servicios para estos jovenes considero que se podría realizar una mejor labor. hace algunos años, mi hermano ingresó a la escuela en un salón regular con servicios de un salon recurso a la edad de 10 años. La única razón para admitirlo en la escuela (luego de 4 años de litigio)fue que yo ingresaría a la escuela y podría servir para él como título I. Luego de varios años fue que se le asignó una trabajadora I, pagada por el Departamento de Educación. Cabe resaltar que un principio se le quizo ver como un niño no capacitado para recibir educación formal. En la actualidad comenzará sus estudios universitarios tras cinco años de haber culminado su escuela superior bajo el programa de educación regular. Lo mismo ocurrió porque Rehabilitacón Vocacional no había querido asignarle fondos para su educación universitaria porque los médicos nunca hicieron un diagnóstico espesífico de su condición. La visibilidad de sus discapacidades fLsicas y la prueba contundente de los tratamientos a los que fuera sometido desde temprana edad no fueron suficientes para considerar necesaria la otorgación de dicha ayuda antes de enero de 2006. Lo mismo es sólo un ejemplo de que el logro del caso de Rosa Lydia aún no tiene los efectos en la población con discapacidades que son necesarios para una mejor calidad de vida.
Janice Torres Medina EDES 4006 Verano 2006
Con respecto a la sentencia del caso de Rosa Lydia con lo poco que conosco de los derechos de las personas con impedimentos fisicos y/o mentales pienso que lo unico que se hizo exigir con el cumplimiento de la ley IDEA y ley 51. Partiendo de mi experiencia como estudiante entiendo que el DE de educacion le falta mucho por madurar. Durante mis años escolares el salon de Educacion Especial (Recurso) en la escuela que estudie era el mas incomodo y aislados de toda la escuela sin hablar de las condiciones higienicas. Recuerdo que aveces el salon se encontraba tan sucio que la maestra de Educacion Especial prefiria llevar los alumnos a la cancha hacer los trabajos en los blichers. Pregunto como pretendemos que una persona que ya nace con problemas que interfieren con su aprendizaje pueda progresar en un ambienta tan deprimente?
Por ultimo entiendo que el DE tiene las posibilidades para el mejoramiento de los servicios, solo cadece en su gran mayoria de un personal apto para lograrlo factor que perjudica la imagen de los pocos que se esfuerzan por ofrecerle dia a dia a nuestros niños/as puertorriqueños excepcionales y promedio la oportunidad de una educacion de excelencia.
Con respecto a la sentencia del caso de Rosa Lydia con lo poco que conosco de los derechos de las personas con impedimentos fisicos y/o mentales pienso que lo unico que se hizo exigir con el cumplimiento de la ley IDEA y ley 51. Partiendo de mi experiencia como estudiante entiendo que el DE de educacion le falta mucho por madurar. Durante mis años escolares el salon de Educacion Especial (Recurso) en la escuela que estudie era el mas incomodo y aislados de toda la escuela sin hablar de las condiciones higienicas. Recuerdo que aveces el salon se encontraba tan sucio que la maestra de Educacion Especial prefiria llevar los alumnos a la cancha hacer los trabajos en los blichers. Pregunto como pretendemos que una persona que ya nace con problemas que interfieren con su aprendizaje pueda progresar en un ambienta tan deprimente?
Por ultimo entiendo que el DE tiene las posibilidades para el mejoramiento de los servicios, solo cadece en su gran mayoria de un personal apto para lograrlo factor que perjudica la imagen de los pocos que se esfuerzan por ofrecerle dia a dia a nuestros niños/as puertorriqueños excepcionales y promedio la oportunidad de una educacion de excelencia.
El caso de Rosa Lydia Vélez expone las deficiencias del Departamento de Educación para proveer los servicios y los mecanismos para atender a niños y niñas con inhabilidades. También el caso presenta como estos menores eran victimas de discriminación por parte del Sistema de Instrucción Publica. Gracias a la medida judicial presentada por los padres en este caso, se crearon medidas para corregir estos problemas. Se hizo una reevaluación del procedimiento de evaluación de cada caso reportado, se le proveyó como primera opción los mecanismos administrativos para reportar querellas contra algún maltrato por parte del sistema, se asigno los fondos de remedios provisionales, entre otras medidas establecidas. Este caso ayudo a concientizar al sistema y a la ciudadanía de los derechos que poseen estos menores con discapacidades para recibir mejor educación y servicios protegidos por ley.
Lourdes Enid Galarza Verano 2006
El caso de Rosa Lydia Vélez es uno de los casos más largos en la historia de Puerto Rico. Isamar, hija de Rosa Lydia, fue diagnosticada con Retardación Mental al nacer. Cuando Isamar tiene la edad para ir a la escuela, Rosa Lydia se entera que el Departamento de Eduacación debía ofrecerles servicios de Educación Especial gratuitamente. Cuando le negaron la ayuda, ella junto a otros 8 padres comenzaron la lucha por los derechos de los niños especiales. El grupo de demandantes presentaba que el Departamento no prestaba con diligencia los servicios de educación especial como por ejemplo: no identificaba ni localizaba los casos, no evaluaba a los estudiantes, no discutía con los padres el PEI, había discriminación y el período de espera para ofrecer los servicios luego de la elegibilidad era ridículo. La lucha fue por casi un siglo pero luego de esto el Tribunal dictó que el Departamento, de acuerdo a la Ley 51 e IDEA debía: evaluar, ubicar y prestar servicios a los estudiantes en un período de espera que no sea mayor de 90 días, orientar a los padres y demás constantemente, preparar formularios para prestar los servicios y poder presentar querellas. Al final del camino, Rosa y esos padres vieron la luz. Ya ninguno de los niños iba a la escuela por ser mayores de edad pero lograron que las generaciones futuras pudieran tener los servicios y alcanzar las metas igual que un niño típico. Para mí este es uno de lso casos más alentadores por que demustra que cuando una persona lucha de corazón se puede lograr, además de que le brinda un camino un poco más fácil a los estudiantes de educación especial.
El caso de Rosa Lydia Vélez es uno de los casos más largos en la historia de Puerto Rico. Isamar, hija de Rosa Lydia, fue diagnosticada con Retardación Mental al nacer. Cuando Isamar tiene la edad para ir a la escuela, Rosa Lydia se entera que el Departamento de Eduacación debía ofrecerles servicios de Educación Especial gratuitamente. Cuando le negaron la ayuda, ella junto a otros 8 padres comenzaron la lucha por los derechos de los niños especiales. El grupo de demandantes presentaba que el Departamento no prestaba con diligencia los servicios de educación especial como por ejemplo: no identificaba ni localizaba los casos, no evaluaba a los estudiantes, no discutía con los padres el PEI, había discriminación y el período de espera para ofrecer los servicios luego de la elegibilidad era ridículo. La lucha fue por casi un siglo pero luego de esto el Tribunal dictó que el Departamento, de acuerdo a la Ley 51 e IDEA debía: evaluar, ubicar y prestar servicios a los estudiantes en un período de espera que no sea mayor de 90 días, orientar a los padres y demás constantemente, preparar formularios para prestar los servicios y poder presentar querellas. Al final del camino, Rosa y esos padres vieron la luz. Ya ninguno de los niños iba a la escuela por ser mayores de edad pero lograron que las generaciones futuras pudieran tener los servicios y alcanzar las metas igual que un niño típico. Para mí este es uno de lso casos más alentadores por que demustra que cuando una persona lucha de corazón se puede lograr, además de que le brinda un camino un poco más fácil a los estudiantes de educación especial.
El caso Rosa Lydia Velez contra el Departamento de Educacion se presento el 14 de noviembre de 1980,en el cual se reclamaba que el Departamento no estaba proveyendo a los ninos de Eduacion Especial los servicios educativos que la ley les garantizaba. Reclamaban que el Departamento estaba incumpliendo con las evaluaciones, no cumplian con el tiempo del PEI, no atendian a los ninos en un tiempo razonable y no discutian las evaluaciones con los padres. Este caso se vio en forma grupal, luego se vio en forma individual y se establecio un procedimiento administrativo para atender las querellas. Dentro de las estipulaciones de la sentencia se establecio que el Departamento tiene la responsabilidad de identificar y ubicar cada nino de Educacion Especial y proveerle los servicios que requiera como: terapias, becas de transportacion, equipos, etc... El Departamento tiene que tener un programa de divulgacion y ofrecer los servicios en un plazo de 30 dias despues de determinar la elegibilidad.
Este caso ha creado conciencia para que asi todos los ninos puedan ser atendidos con justicia y se continue luchando por los derechos de las personas con impedimentos ya que estos por sus limitaciones necesitan mas ayuda para poder desarrollarse en nuestra sociedad.
Este caso ha creado conciencia para que asi todos los ninos puedan ser atendidos con justicia y se continue luchando por los derechos de las personas con impedimentos ya que estos por sus limitaciones necesitan mas ayuda para poder desarrollarse en nuestra sociedad.
Es claro que el caso de Rosa Lidia Vélez establece precedentes en Puerto Rico al probar más allá de toda duda que el Departamento de Educación estaba en clara violación de los derechos de nuestros estudiantes con necesidades especiales. Quiero aclarar que nuestro sistema educativo bajo la demanda presentada en los 80 que finalizo ahora el 2006 no solamente esta obligada a servir a estudiantes con limitaciones físicas sino a todo aquel estudiante que muestre alguna limitación física o intelectual. Tras las alegadas violaciones del Dep. Educ. como transportación , equipo especializado y otras, para atender la solicitud de los demandantes. Siento que es mi deber mencionar que el mayor problema que tiene nuestro sistema es la desorganización y la mala administración de los fondos estatales y federales destinados a educación especial. Pero, según lo entendido a través de la lectura el estudiante tendrá que ser evaluado e informar a los padres del procedimiento dentro de un tiempo razonable estipulado por ley. Luego de la evaluación (PEI) el estudiante será ubicado en la escuela que mas se adapte a las necesidades del estudiante. Claro que para lograr esto debemos de orientar debidamente e los padres, establecer un plan de acción para orientar y capacitar a los funcionarios escolares encargados de estos casos en forma directa.
En mi opinión tras esta demanda seguirán nuevas quejas contra nuestro sistema. Pero creo que hay que orientar a los padres para que entiendan que el gobierno no puede solo y que esto es trabajo de todos. Necesitamos un nuevo enfoque para que los fondos de Educ. Especial lleguen a aquellos que verdaderamente lo necesitan. No en aumentos ni adiestramientos en hoteles lujosos sino a aquel niño que se encuentra esperando que se le extienda para ayudarlo a forjar un futuro mejor.
En mi opinión tras esta demanda seguirán nuevas quejas contra nuestro sistema. Pero creo que hay que orientar a los padres para que entiendan que el gobierno no puede solo y que esto es trabajo de todos. Necesitamos un nuevo enfoque para que los fondos de Educ. Especial lleguen a aquellos que verdaderamente lo necesitan. No en aumentos ni adiestramientos en hoteles lujosos sino a aquel niño que se encuentra esperando que se le extienda para ayudarlo a forjar un futuro mejor.
Caso Rosa Lydia Velez, presenta una situación de violación de los de derechos de los niños de educación especial, demandantes, por parte del Departamento de Educación, parte demandada. Un caso muy complejo debido a que recoge una diversidad de aspectos entorno a esta población, desde la atención y el trato especializado que merecen hasta los días específicos que tienen os demandados para proveerlos. Es así como vemos que el compromiso de los padres o encargados para con sus niños es vital ya que son ellos quienes tienen que ser los que vigilen para que los servicios se presten y junto con maestros y profesionales altamente capacitados brinden la mejor educación a los niños. Me atrevo a opinar que este caso sienta jurisprudencia en Puerto Rico a todo lo relacionado a educación especial y es así como vemos que muchas de las cosas para las que sentó base a un no se cumplen e nuestro sistema educativo que existen áreas en las que debemos mejorar cada día mas.
En este caso de Rosa Lydia se esta demandando a al D.E. antes Instruccion Publica por el incumplimiento de las leyes a los jovenes con discapacidades en las zonas escolares. En la demanda se establece que no se tardan mucho en dar los servicios a los discapacitados, que el D.E. no estaban identificando los ninos con discapacitados y estaban siendo discriminados entre otras cosas. Lamentablemente este es solo un caso mas de la falta de supervicion en las agencias gubernamentales en el cumplimiento de las leyes de P.R.Este es un caso muy interesante ya que presenta el malestar de unos padres por los servicios prestados por una agencia gubernamental y que ellos tuvieron la valentia de senalar las deficiencias del gobierno. Lacorte dictamino entre muchas cosa que se tenia que evaluar a los jovenes en no mas de sesenta dias entre muchas cosa en adicion ordeno el pago de 2000 dolares mensuales a las partes afectadas. Pienso que se deberia seguir legislando y fiscalizando a todas estas agencias gubernamentales que prestan servicios a nuestros jovenes y a nuestra poblacion con discapacidades para que puedan tener una mejor calidad de vida y de ayudarlos adesarrollar su maximo potencial y tratar de que sean lo mas util posible para nuestra sociedad.
Marisol Sepúlveda Vélez
El demandante solicitaba servicios educativos y relacionados que les garantizaba la Ley de Educación para niños/as incapacitados. Las violaciones del Departamento fueron: no estaban identificando y localizando, no evaluaban a los niños en un periodo razonable, no discutían las evaluaciones con los padres/madres, el PEI no estaban preparados en el término dispuesto por la ley, su ubicación no era en un tiempo razonable, discriminación contra los niños, los servicios se tardaban. El Departamento tenía que evaluar, registrar, implementar programa de divulgación periódico y continuo, los casos declarados inelegibles bebían ser revisados. Los demandantes continuaran ofreciendo todos los servicios educativos, relacionados y suplementarios de acuerdo a la Constitución. Estudiantes localizados en escuelas privadas el Departamento tiene que localizar, registrar evaluar y reevaluar y hacerle la ubicación apropiada. Los plazos para la prestación de servicios es de 30 días para la evaluación, 30 días para la reunión de COMPU para prepara el PEI y el primer periodo de monitoria y seguimiento. La parte demandada mantendrá un programa de divulgación continua: agosto (publicara suplemento en periódicos, Octubre (distribuir hojas sueltas), mayo (publicación gratuita del Programa), abril (distribuir carteles). Se ubicarán a base de las necesidades educativas individuales.
Pienso que fue bueno que ganaran la demanda para que las personas que dirigen el Programa de Educación Especial tomen en consideración que los niños con discapacidades son tan importantes o más que lo que no tienen una discapacidad.
El demandante solicitaba servicios educativos y relacionados que les garantizaba la Ley de Educación para niños/as incapacitados. Las violaciones del Departamento fueron: no estaban identificando y localizando, no evaluaban a los niños en un periodo razonable, no discutían las evaluaciones con los padres/madres, el PEI no estaban preparados en el término dispuesto por la ley, su ubicación no era en un tiempo razonable, discriminación contra los niños, los servicios se tardaban. El Departamento tenía que evaluar, registrar, implementar programa de divulgación periódico y continuo, los casos declarados inelegibles bebían ser revisados. Los demandantes continuaran ofreciendo todos los servicios educativos, relacionados y suplementarios de acuerdo a la Constitución. Estudiantes localizados en escuelas privadas el Departamento tiene que localizar, registrar evaluar y reevaluar y hacerle la ubicación apropiada. Los plazos para la prestación de servicios es de 30 días para la evaluación, 30 días para la reunión de COMPU para prepara el PEI y el primer periodo de monitoria y seguimiento. La parte demandada mantendrá un programa de divulgación continua: agosto (publicara suplemento en periódicos, Octubre (distribuir hojas sueltas), mayo (publicación gratuita del Programa), abril (distribuir carteles). Se ubicarán a base de las necesidades educativas individuales.
Pienso que fue bueno que ganaran la demanda para que las personas que dirigen el Programa de Educación Especial tomen en consideración que los niños con discapacidades son tan importantes o más que lo que no tienen una discapacidad.
María Del Mar González
Rosa Lydia demanda exitosamente al DE por violaciones a la ley de educación para niños discapacitados. Algunas de estas violaciones son: no se le estaba proveyendo servicios en un tiempo razonable a los niños discapacitados, falta o mal identificación de casos y discrimen contra los niños por sus impedimentos. Durante el tramite legal se estableció: remedio provisional, un mecanismo administrativo para atender los casos individuales como primer recurso y el tribunal como ultimo, el manual de servicio para niño con discapacidades y el monitoreo del procedimiento para ver su efectividad en la atención y seguimiento de casos de niños con impedimentos. Aparte de estos logros como estipulación de la sentencia se logro: procedimiento de administración de querellas de un tiempo no mayor de 45 días, tiempo de 90 días a partir del momento de referido y evaluación (no mayor de 30 días) y recibir servicios (no mayor de 60 días), re-evaluación de casos y divulgación de información a padres, maestros, niños y publico en general sobre los derechos y servicios de los niños discapacitados entre otros.
En lo particular admiro a los demandantes por que se enfrentaron a todo un sistema por sus hijos y los niños discapacitados de la posteridad logrando reformarlo. Vemos que aunque gracias a estas personas el sistema de educación para niños discapacitados a mejorado, resulta indignante que actualmente existan irregularidades y deficiencias al cual el DE no ha prestado atención y pueden mejorar con la participación de personal capacitado y la implementación correcta de la ley como por ejemplo en un aspecto tan fundamental como informar al publico sobre los derechos de los niños discapacitados y campañas para la identificación temprana de los mismos.
Rosa Lydia demanda exitosamente al DE por violaciones a la ley de educación para niños discapacitados. Algunas de estas violaciones son: no se le estaba proveyendo servicios en un tiempo razonable a los niños discapacitados, falta o mal identificación de casos y discrimen contra los niños por sus impedimentos. Durante el tramite legal se estableció: remedio provisional, un mecanismo administrativo para atender los casos individuales como primer recurso y el tribunal como ultimo, el manual de servicio para niño con discapacidades y el monitoreo del procedimiento para ver su efectividad en la atención y seguimiento de casos de niños con impedimentos. Aparte de estos logros como estipulación de la sentencia se logro: procedimiento de administración de querellas de un tiempo no mayor de 45 días, tiempo de 90 días a partir del momento de referido y evaluación (no mayor de 30 días) y recibir servicios (no mayor de 60 días), re-evaluación de casos y divulgación de información a padres, maestros, niños y publico en general sobre los derechos y servicios de los niños discapacitados entre otros.
En lo particular admiro a los demandantes por que se enfrentaron a todo un sistema por sus hijos y los niños discapacitados de la posteridad logrando reformarlo. Vemos que aunque gracias a estas personas el sistema de educación para niños discapacitados a mejorado, resulta indignante que actualmente existan irregularidades y deficiencias al cual el DE no ha prestado atención y pueden mejorar con la participación de personal capacitado y la implementación correcta de la ley como por ejemplo en un aspecto tan fundamental como informar al publico sobre los derechos de los niños discapacitados y campañas para la identificación temprana de los mismos.
El articulo trata sore una madre que demanda a l Departamento de Educacion ante la falta de servicios proveidos de Educacion Especial. Rosa Lydia Vega, lo unico que queria era que se brindaran los servicios que mandaba la Ley IDEA en las escuelas. Tras una lucha esta senora logro ganar el caso, cosa con la que yo estoy muy de acuerdo, ya que es necesario que nuestros ninos con necesidades especiales reciban los servicios que cada uno de ellos necesita. La sentencia creo que fue justa, ya que le dieron un plazo para que ubicaran a los ninos y un plazo para que estuvisen recibiendo los servicios. En mi opinion es primoldal que estos ninos esten en el lugar correcto, que no sean rechazados, que reciban los servicios necesarios empezando por ser registrados, evaluados, reevaluados y se le ofrezcan los servicios relacionados como transportacion, muletas, etc. Y precisamente de esto es que trataba la sentencia del caso (proveer servicios dispuestos por la Legislacion Federal de P.R.). Tambien, creo que como dice el articulo hay que orientar a los padres ya sea por periodico, charlas, etc.
Creo que este caso tuvo un gran impacto sobre el departamento de educacion en diversos aspectos. Primero que nada se intenta luchar por los derechos de una poblacion que seguia siendo marginada en nuestra isla dada la percepcion de la sociedad que trata de poner un sello de impedimento sobre estas personas, que son seres humanos, tienen sentimientos, personalidad propia que tienen derecho a desarrollarse y expresarse libremente. Una mente que no es educada no es libre. Al ser presentado este caso se busca proveer oportunidades para estas personas excepcionales en el sistema educativo. ME encanto el hecho de que se comprometen a divulgar los servicios que presta el departamento a personas con excepcionalidades. ESto no solamente ayuda a mantener informado a esta poblacion sino a todos. Publicaciones sobre las oportunidades que se le provee a todos los estudiantes para desarrollarse al maximo de su capacidad nos ayuda a todos estar concientes del trato que se le da a personas con excepcionalidades. Es nuestro deber estar educados en esto y seguir luchando por sus derechos.
Creo que este caso tuvo un gran impacto sobre el departamento de educacion en diversos aspectos. Primero que nada se intenta luchar por los derechos de una poblacion que seguia siendo marginada en nuestra isla dada la percepcion de la sociedad que trata de poner un sello de impedimento sobre estas personas, que son seres humanos, tienen sentimientos, personalidad propia que tienen derecho a desarrollarse y expresarse libremente. Una mente que no es educada no es libre. Al ser presentado este caso se busca proveer oportunidades para estas personas excepcionales en el sistema educativo. ME encanto el hecho de que se comprometen a divulgar los servicios que presta el departamento a personas con excepcionalidades. ESto no solamente ayuda a mantener informado a esta poblacion sino a todos. Publicaciones sobre las oportunidades que se le provee a todos los estudiantes para desarrollarse al maximo de su capacidad nos ayuda a todos estar concientes del trato que se le da a personas con excepcionalidades. Es nuestro deber estar educados en esto y seguir luchando por sus derechos.
Rosa Lydia lo que solicitaba eran servicios educativos y relacionados que les garantizaba la Ley de Educación para niños/as incapacitados lo cual yo veo que es justo. Las violaciones del Departamento fueron: no estaban identificando y localizando, no evaluaban a los niños en un periodo razonable, no discutían las evaluaciones con los padres/madres, el PEI no estaban preparados en el término dispuesto por la ley, su ubicación no era en un tiempo razonable, discriminación contra los niños, los servicios se tardaban. El Departamento tenía que evaluar, registrar, implementar programa de divulgación periódico y continuo, los casos declarados inelegibles tenian que ser revisados. Los demandantes continuaran ofreciendo todos los servicios educativos, relacionados y suplementarios de acuerdo a la Constitución. Estudiantes localizados en escuelas privadas el Departamento tiene que localizar, registrar evaluar y reevaluar y hacerle la ubicación apropiada. Los plazos para la prestación de servicios es de 30 días para la evaluación, 30 días para la reunión de COMPU para preparar el PEI y el primer periodo de monitoria y seguimiento. La parte demandada mantendrá un programa de divulgación continua: agosto (publicara suplemento en periódicos, Octubre (distribuir hojas sueltas), mayo (publicación gratuita del Programa), abril (distribuir carteles). Se ubicarán a base de las necesidades educativas individuales.
Pienso que fue bueno que ganaran la demanda para que las personas que dirigen el Programa de Educación Especial tomen en consideración que los niños con discapacidades son tan importantes o más que los que no tienen una discapacidad. Deben tener un personal que sea sensible con estos niños excepcionales. Debemos admirar estos niños porque muchos con su condición rompen barreras. En este caso se puede notar la poca supervisión que de la Administradora del Programa de Educación Especial. Todavía vemos muchas injusticias con estos niños.
Marisol Sepúlveda Vélez
Pienso que fue bueno que ganaran la demanda para que las personas que dirigen el Programa de Educación Especial tomen en consideración que los niños con discapacidades son tan importantes o más que los que no tienen una discapacidad. Deben tener un personal que sea sensible con estos niños excepcionales. Debemos admirar estos niños porque muchos con su condición rompen barreras. En este caso se puede notar la poca supervisión que de la Administradora del Programa de Educación Especial. Todavía vemos muchas injusticias con estos niños.
Marisol Sepúlveda Vélez
La demandante solicita que se cumpla con la ley para niños/as con inhabilidades y la ley 21 de julio de 1977. La demanda es presentada el 14 de noviembre de 1980, contra el Departamento de Instrucción Publica por no proveer los servicios a niño/as con inhabilidades. Las violaciones de las leyes son identificación y localización, no se estaba evaluando en un periodo razonable, la evaluación no se discutía con los padres, el PEI y a la ubicación no se estaban preparando dentro de los términos, Discriminación por la condición y no se estaba ofreciendo los servicios. El DIP mantendrá un programa adecuado de evaluación según dispuesto por ley y ubicara adecuadamente a los estudiantes a base de sus necesidades. La determinación de elegibilidad y prestación de servicios con prontitud. La elegibilidad al programa en un plazo máximo de 60 días y la prestación de servicios en un plazo máximo de 90 días. El DIP implementara un programa de divulgación continuo del Programa de Educación Especial.
Admiro a los padres por la persistencia de continuar con el caso tantos años defendiendo los derechos de sus hijos, pero al final pudieron demostrar que estaban en lo correcto.
Andrés Rosado Garallúa
Admiro a los padres por la persistencia de continuar con el caso tantos años defendiendo los derechos de sus hijos, pero al final pudieron demostrar que estaban en lo correcto.
Andrés Rosado Garallúa
En este caso de Rosa Lydia se observo el incumplimiento del Departamento de Educación a la ley #21 para niñ@s discapacitados. Algunas de estas violaciones fueron: las evaluaciones no eran discutidas con los padres, se dicriminaba contra estos niñ@s, el PEI no se preparaba en el plazo que se suponia, entre otras violaciones de la ley #21. Por medio de esta demanda se pudo lograr que el DE tomara en cuenta su responsabilidad por atender a esto niñ@s con discapacidad. Pienso que se logro una igualdad de derechos de que estos niñ@s reciben una educación en dondonde se dearrollo todo su potencial a plenitud.Me parece interesenta que los padres estanban involucrados en el caso, ya que estaban defendiendo los derechos de sus hijos. Pienso que al publicar la información sobre estos niñ@s con discapacidad es de gran utilidad ya que la poblacion se puede involucrar y se interese por el bienestar y el desarrollo a plenitud de estos niñ@s.
Aitxa Morales:
Este caso representa por desgracia el mal desempeno del gobierno en cuanto a cumplir con las leyes y ver por el bienestar de quienes mas lo necesitan. Parece mentira que se haya tenido que llegar a extremo de ir a corte a reclamar lo que esta establecido como un derecho. Con esto nos damos cuenta de la poca importancia que el departamento le da a personas que por ciertas condiciones necesitan el aprender a desarrollarse. Gracias a Dios hay gente luchadora como Rosa Lidia que sin importar el tiempo se dedico a reclamar todas las ayudas que no se le estaban brindando a su hija. Fue muy injusto que algo que a simple vista se sabia que no se estaba cumpliendo haya tardado tanto tiempo en resolverse. Ojala el Departamento de Educacion no vuelva a dejar a un lado la educacion de personas con incapacidades ya que son los principales proveedores de satisfacer las necesidades y la manera mas facil que tienen los padres de buscar las ayudas correspondientes.
Este caso representa por desgracia el mal desempeno del gobierno en cuanto a cumplir con las leyes y ver por el bienestar de quienes mas lo necesitan. Parece mentira que se haya tenido que llegar a extremo de ir a corte a reclamar lo que esta establecido como un derecho. Con esto nos damos cuenta de la poca importancia que el departamento le da a personas que por ciertas condiciones necesitan el aprender a desarrollarse. Gracias a Dios hay gente luchadora como Rosa Lidia que sin importar el tiempo se dedico a reclamar todas las ayudas que no se le estaban brindando a su hija. Fue muy injusto que algo que a simple vista se sabia que no se estaba cumpliendo haya tardado tanto tiempo en resolverse. Ojala el Departamento de Educacion no vuelva a dejar a un lado la educacion de personas con incapacidades ya que son los principales proveedores de satisfacer las necesidades y la manera mas facil que tienen los padres de buscar las ayudas correspondientes.
Natalia Cruz
802-02-1589
Verano 06
Rosa Lydia vs Depto. de Educacion fue un pleito en 1980, despues de que su hija Iamar fue puesta en lista de espera para recibir servicion de Educacion Especial. No hasta el 2005, Rosa Lydia gana la demanda, Isamar ahora mayor de edad y no elegible, para recibir recursos. En este tipo de caso nos deberiamos preguntar ?que se hacen con los fondos destinados a personas como Isamar?, ?Porque personas como Rosa Lydia no reciben informacion sobre como recibir recursos necesarios para personas con discapacidad?
La solucion es demandar al departamento de educacion, ellos pagan demanda, y aun asi no se reciben los recursos.
Muchas veces el no se hace el debido proceso de evaluacion, ninos con discapacidad, o vice versa, no reciben la educacion adecuada. Hoy en dia nos estamos preocupando mas pq nuestros niños pasen de grado, si aprenden o no eso no es problema. Y en el salon de clase el maestro que lo pasa por no tenerlo mas en el salon. Hay muchos problemas envueltos, no solo en fondos disponibles. Y casos como el de Isamar nos abren los ojos a ver que no todo esta bien.
802-02-1589
Verano 06
Rosa Lydia vs Depto. de Educacion fue un pleito en 1980, despues de que su hija Iamar fue puesta en lista de espera para recibir servicion de Educacion Especial. No hasta el 2005, Rosa Lydia gana la demanda, Isamar ahora mayor de edad y no elegible, para recibir recursos. En este tipo de caso nos deberiamos preguntar ?que se hacen con los fondos destinados a personas como Isamar?, ?Porque personas como Rosa Lydia no reciben informacion sobre como recibir recursos necesarios para personas con discapacidad?
La solucion es demandar al departamento de educacion, ellos pagan demanda, y aun asi no se reciben los recursos.
Muchas veces el no se hace el debido proceso de evaluacion, ninos con discapacidad, o vice versa, no reciben la educacion adecuada. Hoy en dia nos estamos preocupando mas pq nuestros niños pasen de grado, si aprenden o no eso no es problema. Y en el salon de clase el maestro que lo pasa por no tenerlo mas en el salon. Hay muchos problemas envueltos, no solo en fondos disponibles. Y casos como el de Isamar nos abren los ojos a ver que no todo esta bien.
Yamaris Miranda Martinez
Seccion del verano 2006
La demanda del caso de Rosa Lydia consiste en que el Departamento de Instruccion Publica, hoy departamento de Educacion no le estaba proveyendo a los niños/as de Puerto Rico con inhabilidades, los servicios educativos y relacionados que les garantizaba la Ley de Educacion para Niños/as Incapacitados(Education for All the Handicapped Children Act).Rosa Lydia Velez junto a 8 padres decidieron demandar al departamento de educacion ya que este les nego los servicios.El grupo de demandantes presentaba que el Departamento no prestaba con diligencia los servicios de educación especial:no identificaba ni localizaba los casos, no evaluaba a los estudiantes, no discutía con los padres el PEI, había discriminación y el período de espera para ofrecer los servicios luego de la elegibilidad era ridículo. La sentencia presentada por el Tribunal de Primera Instancia consistía básicamente en hacer valer los derechos que esas personas menores de 21 años poseían y estaban estipuladas por Ley, a la vez de preparar entre ambas partes junto al Comisionado, el contenido de un Manual Operacional para el Procedimiento de Querellas y el Remedio Provisional. De igual forma se reevaluaron todos los casos en los cuales se habían rechazado al solicitante el derecho a participar y formar parte de el Programa de Educación Especial y sus beneficios.
El caso de Rosa Lydia no me impresiona mucho porque ya habia leido acerca de este y otros. Lamentablemente esta es la situacion a la que se enfrentan muchos puertorriqueños aunque hay personas que no lo sepan. Me alegro de que en este caso en particular se haya logrado lo que querian estos padres.Esperemos que el Departamento de Educacion siga haciendo cambios para el bien de los niños con discapacidades.
Seccion del verano 2006
La demanda del caso de Rosa Lydia consiste en que el Departamento de Instruccion Publica, hoy departamento de Educacion no le estaba proveyendo a los niños/as de Puerto Rico con inhabilidades, los servicios educativos y relacionados que les garantizaba la Ley de Educacion para Niños/as Incapacitados(Education for All the Handicapped Children Act).Rosa Lydia Velez junto a 8 padres decidieron demandar al departamento de educacion ya que este les nego los servicios.El grupo de demandantes presentaba que el Departamento no prestaba con diligencia los servicios de educación especial:no identificaba ni localizaba los casos, no evaluaba a los estudiantes, no discutía con los padres el PEI, había discriminación y el período de espera para ofrecer los servicios luego de la elegibilidad era ridículo. La sentencia presentada por el Tribunal de Primera Instancia consistía básicamente en hacer valer los derechos que esas personas menores de 21 años poseían y estaban estipuladas por Ley, a la vez de preparar entre ambas partes junto al Comisionado, el contenido de un Manual Operacional para el Procedimiento de Querellas y el Remedio Provisional. De igual forma se reevaluaron todos los casos en los cuales se habían rechazado al solicitante el derecho a participar y formar parte de el Programa de Educación Especial y sus beneficios.
El caso de Rosa Lydia no me impresiona mucho porque ya habia leido acerca de este y otros. Lamentablemente esta es la situacion a la que se enfrentan muchos puertorriqueños aunque hay personas que no lo sepan. Me alegro de que en este caso en particular se haya logrado lo que querian estos padres.Esperemos que el Departamento de Educacion siga haciendo cambios para el bien de los niños con discapacidades.
El caso de Rosalidia consiguio que se revisaran y proveyeran los recursos y ayudas necesarias para los estudiantes exepcionales. Es triste el largo tiempo que tardo en ofrecer un veredicto final pero al menos obtuvo sus beneficios. Lo mas importante para mi es que se pueda mostrar actualmente una mejor vision de la educacion especial que para muchos es algo extrano y diferente al curriculo escolar de un nino tipico. Mas sin embargo la educacion especial son simples modificaciones a practicas enfocadas a nin@s normales. No es un programa distinto a la educacion regular. Por tanto el caso de Rosalidia vs el Dept. de educ. trajo el beneficio de poner en foco las necesidades do los nin@s exepcionales y hacer valer sus derechos como estudiantes especiales.
Este caso ha sido de beneficio para muchas personas q como yo tienen un niño especial. En mi caso se me esta tratando de violentar los derechos q tenemos por parte del Departamento de Educacion,pero muy en especial por parte del director de nuestra escuela. En varias ocasiones nos hemos reunido con el para buscarle solucion a estos problemas, pero el es una persona intransigente y no quiere ceder de ninguna manera. En esta escuela estan ocurriendo una serie de irregularidades. El director trata a los niños de Educacion Especial como niños brutos y dice q en el programa no pueden haber niños inteligentes porq para eso existe el mismo. El es una persona q no escucha, ofende a los padres de una forma espantosa, no quiere el mejoramiento en ningun momento sentimos discrimen por parte de el. Deseo q si alguna persona lee esto y me pueda escribir se lo agradecere para asi sacar adelante a nuestros hijos y sobretodo exigirle al DE respeto. Muchas gracias.
El caso de Rosa Lydia es un caso que llevo al Departamento de Educacion a tomar accion para con el servicio de los estudiantes con impedimentos, pero detras de todo esto hay el sin numero de informes que el departamento de educacion le exige a los maestros de educacion especial. El tiempo que toma llenar cada uno de estos informes es tiempo que se le puede ofrecer servicio a los estudiantes, ademas en estos momentos estamos pasando por una situacion la cual nos indican que no hay un tope (cantidad de estudiantes por maestro) o sea que en otras palabras podemos tener hasta 40 estudiantes, ya que no hay un documento que indique lo contrario. Tengo una amiga que su grupo es de educacion especial a tiempo completo de Problemas Especificos de Aprendizaje con problemas de conducta, cuando comenzo el semestre tenia 12 estudiantes al momento tiene 16 estudiantes y su supervisora le indico que no hay tope. La pregunta es la siguiente Que calidad de ensenanza se le puede dar a un grupo a tiempo completo de PEA cuando el grupo va por 16 estudiantes y en cualquier momento puede subir. Que ayuda individualizada se le puede dar si todo el tiempo esta intentando que los ninos la escuchen e intentando que no peleen. Siempre detras de una situacion hay muchas mas y en estos momento los maestros de educacion especial a tiempo completo y maestro Salon Recurso necesitamos una mano para que respeten que somos humanos y que es imposible dar ayuda individualizada cuando cada dia anaden mas estudiantes a nuestra lista.
ES UNA LASTIMA QUE AHORA CUALQUIER PROBLEMA QUE TENGA EL ESTUDIANTE TENGA QUE SER DE EDUCACION ESPECIAL. EL PADRE NO LO ESTUDIA SACA MALAS NOTAS SE REGISTRA EN EDUC ESPECIAL SALE ELEGIBLE LOS SICOLOGOS HACEN UNA EVALUACION GENERICA MEDIANTE OBSERVACIONES, DIBUJOS Y PREGUNTA Y YA DETERMINÓ LA CONDICIÓN Y HACE UNA LISTA DE ACOMODOS RAZONABLES. PERO QUIEN AYUDA AL MAESTRO? QUIEN AYUDA A ESE ESTUDIANTE QUE NO ES ELEGIBLE POR NOTAS PERO NECESITA AYUDA? LA POBLACIÓN DE EDUCACION ESPECIAL EN P.R VA EN AUMENTO. MAESTRO CON CASI 30 ESTIDUANTES Y LA MITAD DE EDUCACION ESPECIAL, COMPRANDO MATERIALES DE SU SUELDO,AGUANTANDO FALTAS DE RESPETO DE PADRES QUE ESTAN TODO EL DIA DENTRO DEL PLANTEL ESCOLAR HABLANDO MAL DE LOS MAESTROS, DE OTROS PADRES Y HASTA DE OTROS ESTUDIANTES. PERO SU HIJO HIZO ALGO Y NO SE PUEDE HACER NADA PORQUE ES DE EDUCACION ESPECIAL. ESTO TIENE QUE CAMBIAR
LOS SICOLOGOS RECOMIENDAN LOS MISMOS ACOMODOS PORQUE NO SABEN QUE MAS ESCRIBIR. UNA EVALUACION SICOLOGICA QUE LA PAGA UN PADRE CUESTA MAS DE 100.00 PARA EVALUARTE U TU HIJO EN MEDIA HORA. UBICACION DEL PUPITRE: SIN PENSAR QUE PUEDEN HABER NINOS CON PROBLEMAS VISUALES, MAS TIEMPO PARA TERMINAR LAS TAREAS: AFECTANDO EL QUE TERMINA RAPIDO, AYUDA INDIVIDUALIZADA: CON 30 ESTUDIANTES Y ESTANDARES Y EXPECTATIVAS QUE CUBRIR,3 A 5 DIAS CON EL MAESTRO DE EDUC ESPECIAL: QUE LLEGA BUSCA LOS ESTUDIANTES Y EN LO QUE LLEGA AL SALON A PASADO 10 A 15 MIN, QUE TOME LAS PRUEBAS CON EL MAESTRO DE EDUC ESPECIAL: LLEVABA MALAS NOTAS CUANDO LA TOMABA CON TODO EL GRUPO DE MOMENTO ES BRILLANTE Y TIENE BUENAS NOTAS, SIN MENCIONAR QUE AHORA EL MAESTRO REGULAR ES MALO Y LA TIENE CON EL NENE, SI AJA. QUE NOS PASA PUERTO RICO
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